El abogado Ladislao Uzín Olleros, defensor en la denuncia de jury contra el fiscal Ignacio Aramberry, se refirió a la resolución que –por mayoría- desestimó la formación de causa.
En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), Uzín Olleros confirmó que “la resolución de desestimación de la denuncia fue adoptada por mayoría de cuatro a tres: los tres magistrados representantes del Poder Judicial votaron por la formación de causa mientras que los dos legisladores y los representantes del Colegio de Abogados votaron por el rechazo a la formación de causa”.
Recordó que “en el memorial de descargo ya había explicado que no correspondía formar causa porque existen varios vallados para eso. En principio, por el hecho de que la causa madre, que da origen a este asunto del falso testimonio de Aramberry, que es la destitución de la doctora (Cecilia) Goyeneche no está cerrada y está recién transitando por las instancias de apelación, por lo cual hasta tanto no haya una sentencia definitiva que diga si estuvo bien o mal destituida, no hay cosa juzgada. Por otra parte, si al doctor Aramberry no se le consideró incurso en falso testimonio, se remitieron sus antecedentes a la justicia ordinaria para que lo juzgue y condene por falso testimonio no se puede venir a promover su destitución”.
Al respecto, explicó que “el jurado de enjuiciamiento solo tiene dos alternativas cuando un magistrado o funcionario es llevado al jury: la destitución o la absolución, no hay sanciones intermedias; pero también tiene otra potestad, si en el trámite del debate, el jurado advierte indicios vehementes que algún testigo o perito incurrió en falso testimonio, manda expedir las piezas de ese presunto falso testimonio y lo remite a la justicia ordinaria para que lo juzgue. Lo cual acá no ocurrió. Cuando el jurado que destituye a la doctora Goyeneche se expide no dice absolutamente nada respecto a alguna presunción de que el doctor Aramberry hubiera incurrido en falso testimonio”.
Agregó que “la mayoría recogió todos estos argumentos y además se tuvo en cuenta que durante los 20 años que lleva en servicio en el Poder Judicial, el legajo del doctor Aramberry no registra ninguna sanción, ni siquiera por una llegada tarde, y que su testimonio no está incurso en ninguna sospecha de falsedad”. “Por lo demás el testigo debe declarar aquello que le es conocido, que ha percibido por sus sentidos, que ha visto, que ha escuchado, y eso es lo que el testigo relata. Distinto es que el testigo, en conocimiento de una situación, la deforme para brindar una versión distinta sabiendo que está mintiendo”.
Uzín Olleros admitió que “sorprende” que los tres magistrados votaran por formar causa: “Por supuesto que me sorprende porque había fundados argumentos legales para que la denuncia fuera desestimada. No obstante ello, estamos en un juego democrático de cuestiones opinables y uno debe respetar la opinión que es adversa, con mayor razón si proviene de un magistrado, aunque obviamente no estamos de acuerdo. De todos modos se resalta en el artículo que todos los vocales han sido unánimes en cuanto a desestimar algunas de las imputaciones que se le han formulado al doctor Aramberry”.
“Acá lo que ha dicho el voto de los señores magistrados del Superior Tribunal es que entendían que en esta etapa preliminar correspondía llevar la causa al plenario para debatirla ampliamente. No es que estén anticipando una condena, sino que consideran que hay elementos que ameritan llevar la causa al juicio abierto, a lo cual se oponen los otros cuatro intervinientes del jurado”, reafirmó. Aclaró que “incluso se podía dar el hecho de resoluciones contradictorias, suponiendo que el día de mañana se revoca la sentencia de destitución de Goyeneche mientras ahora se destituye al doctor Aramberry”.
Sobre la acusación contra Aramberry, el abogado recordó que “la denuncia dice que había incurrido en falso testimonio, que no había cumplido con los deberes inherentes a su cargo a la hora de investigar la totalidad de los hechos, o que había distraído o desviado la investigación, lo cual no es así. Todas las causas que tenía Aramberry, manejaba alrededor de 300 causas, y por lo demás no es el único que intervenía en esta investigación compleja, había otros fiscales que no fueron denunciados”.
Señaló además que “lo que no puede hacer el denunciante es recusar a los miembros del jurado, indicarle diligencias probatorias, solicitar la suspensión preventiva en el cargo del denunciado y pedir su destitución; porque el denunciante no es parte en el proceso”.
Por último, en relación con la intención del Superior Tribunal de apuntar contra quienes investigan al poder político, Uzín Olleros aclaró: “Yo ejercí varias defensas de magistrados y funcionarios y siempre me atengo a una defensa técnica, profesional y jurídica, no incursiono en la cuestión política porque creo que no me corresponde. Pero como ciudadano común, despojándome de la toga de abogado, creo que esto no es bueno para una convivencia democrática porque genera una desconfianza de la comunidad en sus instituciones; no ayuda en este país que hoy está tan agrietado y crispado por las rencillas políticas y las disputas de poder, cuando debería tenderse a buscar la verdad de manera objetiva sin entrar en estas refriegas que nos dañan”.